Banco de la Ciudad de Buenos Aires c/ Seijas Marcelo Alejandro – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
El interés compensatorio a la tasa nominal anual del 35%, y el interés moratorio del 50% de los compensatorios pactados deben reducirse en términos de equidad, determinándose la nulidad parcial de los intereses en exceso.
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