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Cobraba 500 pesos como salario por el descuento de créditos

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Cobraba 500 pesos como salario por el descuento de créditos
Cobraba 500 pesos como salario por el descuento de créditos

<p>Los responsables de la Defensor&iacute;a de Pobres y Ausentes N&deg;9 lograron mediante una medida autosatisfactiva proteger el salario de una mujer que percib&iacute;a 500 pesos mensuales, como resultado de la aplicaci&oacute;n de los descuentos que se le realizaban por el pago de varios pr&eacute;stamos.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="0"></div><p>Debido a una situaci&oacute;n familiar para costear tratamientos m&eacute;dicos que su obra social no cubre debi&oacute; acudir al sistema de otorgamiento de cr&eacute;ditos, los cuales se devuelven mediante retenci&oacute;n directa de las cuotas por parte de su empleador, deduciendolas de su recibo de haberes.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="1"></div><p>Los defensores oficiales Stella Maris Viudez y Gustavo Suarez, interpusieron dicha medida autosatisfactiva contra el Ministerio de la Provincia de R&iacute;o Negro del cual depende, reclamando el cese o en su caso la reducci&oacute;n, de los d&eacute;bitos autom&aacute;ticos sobre sus haberes en favor de diversas entidades financieras y mutuales. Ellos suponen una deducci&oacute;n de la casi totalidad de los haberes que debe percibir la mujer que presta tareas como portera de una instituci&oacute;n&nbsp;educativa.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="2"></div><p>Fundamentaron dicha medida con la normativa vigente que estatuye el tope del 20% de retenciones a las remuneraciones, superando en este caso ampliamente ese m&aacute;ximo. Hicieron foco adem&aacute;s&nbsp;en la situaci&oacute;n de extrema precariedad en que coloca a la mujer, quien tiene tres hijos menores de edad a su exclusivo cargo, uno de ellos con padecimientos de salud.&nbsp;</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="3"></div><p>Finalmente la C&aacute;mara Segunda del Trabajo dispuso hacer lugar a la medida autosatisfactiva y ordenar al Ministerio provincial que limite la deducci&oacute;n sobre el sueldo de la mujer por los diversos cr&eacute;ditos contra&iacute;dos con las entidades enumeradas a un m&aacute;ximo del 20% de sus remuneraciones, previo descuento de las retenciones de ley.&nbsp;</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="4"></div><p>Contin&uacute;a el fallo que "como los cr&eacute;ditos contra&iacute;dos lo fueron con diversas entidades y atento que la limitaci&oacute;n establecida provocar&iacute;a que en los hechos se dejen deudas contra&iacute;das por la actora sin atender y la eventualidad de que ingrese en situaci&oacute;n de mora, el descuento deber&aacute; ser distribuido a prorrata entre los diferentes acreedores".</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="5"></div><p>Ordenaron adem&aacute;s se realice de manera inmediata, atento el car&aacute;cter alimentario y de subsistencia del salario, dada la situaci&oacute;n de extrema urgencia y gravedad en la que se encontrar&iacute;a la mujer por los descuentos.&nbsp;</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="6"></div><p><strong>Qu&eacute; es una medida autosatisfactiva</strong></p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="7"></div><p>Es una decisi&oacute;n jurisdiccional, para brindar respuesta a determinadas problem&aacute;ticas que por su naturaleza, demandan tratamiento urgente y tambi&eacute;n una pronta respuesta.&nbsp;</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="8"></div><p>La medida autosatisfactiva forma parte de la denominada tutela de urgencia o proceso urgente. Se est&aacute; ante un requerimiento &ldquo;urgente&rdquo; formulado al &oacute;rgano jurisdiccional por los justiciables que se agota -de ah&iacute; lo de autosatisfactiva- con su despacho favorable, por lo que no es necesaria, entonces, la iniciaci&oacute;n de una ulterior acci&oacute;n principal para evitar su caducidad o decaimiento."</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="9"></div><p>&nbsp;</p>

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