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Estaba inhabilitado para conducir pero seguía manejando vehículos

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Estaba inhabilitado para conducir pero seguía manejando vehículos

<p>En el marco de un procedimiento abreviado entre la fiscal&iacute;a y la defensa p&uacute;blica penal de un hombre acusado en diversos legajos de cuatro hechos de desobediencia, lesiones leves y graves agravadas y resistencia a la autoridad, da&ntilde;o, lesiones culposas de car&aacute;cter grave agravadas por la conducci&oacute;n imprudente y antirreglamentaria de un veh&iacute;culo con motor; se lo conden&oacute; a cuatro a&ntilde;os de prisi&oacute;n y el mismo plazo de inhabilitaci&oacute;n para conducir.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="0"></div><p>El primero de los hechos relatados por las fiscales es aquel ocurrido el d&iacute;a 14 de diciembre de 2019 alrededor de las 8,23 horas, en calles Elordi casi Mascardi de &eacute;sta ciudad, cuando la polic&iacute;a de R&iacute;o Negro tom&oacute; conocimiento de la presencia de un veh&iacute;culo, cuyo conductor se hallaba en estado de ebriedad. Personal de la Comisar&iacute;a 28 le realiz&oacute; un control de alcoholemia al acusado que arroj&oacute; resultado positivo con (2.00 g/l de alcohol en sangre), en consecuencia se procedi&oacute; al secuestro del veh&iacute;culo. El imputado para evitar el secuestro del mismo, de manera intempestiva y r&aacute;pida, ingres&oacute; al mismo poni&eacute;ndolo en marcha, mientras un agente policial tom&oacute; del brazo al imputado, mientras otros intentaban sacarle la llave. Luego aceler&oacute; la marcha llevando a la rastra colgados del veh&iacute;culo a los dos agentes, hasta que impactaron contra el guardarrail. Continu&oacute; circulando mientras una de las agentes se manten&iacute;a agarrada del veh&iacute;culo, por espacio de 50 metros aproximadamente, hasta que finalmente cay&oacute; llegando al final de la valla de protecci&oacute;n. De all&iacute; se inici&oacute; una persecuci&oacute;n policial que culmin&oacute; con la detenci&oacute;n del imputado en las calles Fagnano y 25 de mayo de esta ciudad.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="1"></div><p>El segundo legajo que conforma este acuerdo abreviado y cuya denuncia la realiz&oacute; la Vicejefa de Gabinete de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche donde se le atribuye haber incumplido en cuatro ocasiones, la orden emanada por la Jueza del Tribunal de Faltas II de Bariloche quien inhabilit&oacute; oportunamente al imputado para conducir todo tipo de veh&iacute;culos por el plazo de seis a&ntilde;os, del cual fue debidamente notificado. Dicha medida hab&iacute;a sido dispuesta y prorrogada atento a la gran cantidad de infracciones que registraba tras haber sido hallado conduciendo en estado de ebriedad y/o sin la debida documentaci&oacute;n en reiteradas ocasiones.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="2"></div><p>Relataron luego las representantes del Ministerio P&uacute;blico Fiscal lo acontecido el 14 de diciembre de 2019 a las 8:26 horas en calles Elordi y Mascardi de esta ciudad, ocasi&oacute;n en que mientras conduc&iacute;a otro veh&iacute;culo, desobedeci&oacute; la orden emanada por la Jueza del Tribunal de Faltas II de Bariloche, encontr&aacute;ndose notificado personalmente de la resoluci&oacute;n de inhabilitaci&oacute;n para conducir todo tipo de veh&iacute;culos. &nbsp;En este caso la denuncia fue realizada por la abogada apoderada de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="3"></div><p>Por &uacute;ltimo describieron lo sucedido el 26 de marzo de 2021 aproximadamente a las 23:50 horas, sobre calle Vice Almirante O'connor conduciendo con alcoholemia 1,91 gramos por litro de sangre, invadi&oacute; el carril contrario y colision&oacute; con otro veh&iacute;culo.Como resulta una mujer sufri&oacute; lesiones en la mano derecha,requiri&oacute; internaci&oacute;n e intervenci&oacute;n quir&uacute;rgica para reducci&oacute;n de dicha fractura y yeso, lesiones de car&aacute;cter grave, toda vez que inhabilitaron a la mujer para sus tareas habituales por m&aacute;s de un mes.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="4"></div><p>El accionar del imputado fue imprudente y antirreglamentario, toda vez que conduc&iacute;a con alcoholemia 1,91 gramos por litro de sangre lo cual resulta superior a 500 miligramos por litro de sangre establecidos como l&iacute;mite por el art. 48, inc. a) de la ley 24.449, que no circul&oacute; en la v&iacute;a p&uacute;blica con cuidado y prevenci&oacute;n conservando en todo momento el dominio del veh&iacute;culo utilizando &uacute;nicamente la calzada, sobre la derecha y en el sentido se&ntilde;alizado, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulaci&oacute;n y circunstancias del tr&aacute;nsito, y que conduc&iacute;a pese a estar inhabilitado para hacerlo y haber sido notificado personalmente de dicha inhabilitaci&oacute;n. Incumpliendo adem&aacute;s la orden emanada por la Jueza del Tribunal de Faltas II de Bariloche de inhabilitaci&oacute;n para conducir todo tipo de veh&iacute;culos por 6 a&ntilde;os</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="5"></div><p>Enumeraron las fiscales de manera detallada la profusa evidencia que sustenta ambos legajos, entre ellas testimoniales, fotograf&iacute;as, im&aacute;genes de c&aacute;maras de seguridad privadas y p&uacute;blicas, tickets de alcoholemia, expedientes de infracciones colectadas por el Tribunal de Faltas de la MSCB, certificaciones m&eacute;dicas, entre otras.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="6"></div><p>El hombre fue asistido por la defensa p&uacute;blica penal y al ser consultado por el presidente del tribunal, el acusado reconoci&oacute; ante el tribunal su responsabilidad en cada uno de los hechos, expresando su voluntad de responder por los hechos. Acord&oacute; adem&aacute;s, con los requisitos necesarios para avanzar en el mismo; la calificaci&oacute;n y el monto de la pena.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="7"></div><p>Por unanimidad el tribunal luego de deliberar, declar&oacute; penalmente responsable al imputado por los hechos que constituyen los delitos de lesiones leves y graves agravadas en perjuicio de un miembro de la fuerza policial, resistencia a la autoridad, desobediencia a un funcionario p&uacute;blico en forma reiterada -4 hechos-, desobediencia a un funcionario p&uacute;blico, lesiones culposas de car&aacute;cter grave agravadas por la conducci&oacute;n imprudente y antirreglamentaria de un veh&iacute;culo con motor, de acuerdo a los art&iacute;culos 45, 54, 55, 239, 89, 90 y 92 con remisi&oacute;n al art. 80 inc. 8&deg; del C&oacute;digo Penal de la Naci&oacute;n.<br>Se le impuso en consecuencia cuatro a&ntilde;os de prisi&oacute;n y el mismo tiempo de inhabilitaci&oacute;n para conducir veh&iacute;culos, valorando que&nbsp;en el caso de alguno de los delitos atribu&iacute;dos&nbsp;contemplan penas menores seg&uacute;n lo normado en el C&oacute;digo Penal.<br>Se orden&oacute; al Servicio Penitenciario Provincial llevar adelante un tratamiento psiqui&aacute;trico para dar tratamiento a las adicciones y enfermedades pre existentes que presenta y que fueron oportunamente evaluadas por la psiquiatra del Cuerpo M&eacute;dico Forense, en el marco de una pericia realizada en el marco de estos legajos.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="8"></div>

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