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Por una medida cautelar, un hombre podrá reconocer a su hija

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Por una medida cautelar, un hombre podrá reconocer a su hija
Por una medida cautelar, un hombre podrá reconocer a su hija

<p style="text-align: justify;">La defensa p&uacute;blica civil de la localidad de El Bols&oacute;n interpuso una medida cautelar ante el Registro Civil, a fines de que un padre pueda reconocer a su hija o sea determinar un v&iacute;nculo de filiaci&oacute;n paterno con la ni&ntilde;a para ejercer derechos y deberes; m&aacute;s all&aacute; del consentimiento de su madre.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="0"></div><p style="text-align: justify;">La Defensora Civil Teresa Hube al momento de fundamentar la medida autosatisfactiva se&ntilde;ala que "es abundante la legislaci&oacute;n que indica el derecho de toda persona a tener su identidad, lo que conlleva el conocimiento de sus or&iacute;genes, y qui&eacute;nes son sus progenitores. ".</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="1"></div><p style="text-align: justify;"><strong>C&oacute;mo se realiza un tr&aacute;mite de filiaci&oacute;n?</strong></p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="2"></div><p style="text-align: justify;">Desde el nacimiento de una persona, la ley otorga plazos para su inscripci&oacute;n en el Registro Civil y de Capacidad de las Personas. Pasado dicho plazo, se debe iniciar una acci&oacute;n judicial que se denomina "inscripci&oacute;n fuera de t&eacute;rmino". Hace poco tiempo, se ha dispuesto que una persona no identificada pueda acceder a un DNI provisorio, para evitar la existencia de personas no identificadas (N.N.) y cumplir con la normativa convencional internacional en tal sentido.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="3"></div><p style="text-align: justify;">En algunos supuestos, que no son pocos, los ni&ntilde;os figuran inscritos s&oacute;lo por su madre. Los motivos var&iacute;an desde la ausencia paterna al momento de la inscripci&oacute;n, hasta el acuerdo de partes y el prejuicio de que de esta forma s&oacute;lo la madre podr&iacute;a disponer acerca del hijo. Desde el dictado del C&oacute;digo Civil y Comercial, vigente desde agosto de 2015, se estableci&oacute; claramente que la responsabilidad parental es de ambos progenitores, salvo que uno de ellos desplace al otro mediante tr&aacute;mite judicial de suspensi&oacute;n o privaci&oacute;n de ella. Pero el principio es que ambos padres est&aacute;n obligados respecto del hijo y ambos tienen derecho a cuidarlo y decidir acerca de su escuela, m&eacute;dico, vestuario, etc.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="4"></div><p style="text-align: justify;">As&iacute;, cuando existe una persona no reconocida, puede el progenitor que entiende que lo es, concurrir al Registro y reconocerlo. As&iacute; lo propicia el C&oacute;digo Civil y Comercial, la ley 26.413 Registro del estado civil y capacidad de las personas y el C&oacute;digo Procesal de Familia. En la pr&aacute;ctica, hay Delegaciones del Registro Civil que requieren la conformidad materna, o que el padre concurra con la madre del ni&ntilde;o/a.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="5"></div><p style="text-align: justify;"><strong>&iquest;Qu&eacute; dice el fallo?</strong></p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="6"></div><p style="text-align: justify;">El fallo emitido en la localidad de El Bols&oacute;n a instancias de la Defensa P&uacute;blica, requiri&oacute; que el registro Civil de esa localidad admita el reconocimiento de la ni&ntilde;a por parte del padre, atento a lo normado en los art&iacute;culos 571 y 572 del C&oacute;digo Civil y Comercial Nacional. Ambos refieren a las formas de reconocimiento y nada mencionan acerca del consentimiento de la madre.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="7"></div><p style="text-align: justify;">Indica adem&aacute;s el fallo "proceda al cumplimiento de la norma citada, evitando en el futuro obstaculizar el reconocimiento de los usuarios que as&iacute; pudieran requerirlo.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="8"></div><p style="text-align: justify;">Caso contrario llevar&iacute;a a judicializar cuestiones que no lo ameritan. Se&ntilde;&aacute;lese que el proceder en este sentido, vulnera el derecho a la identidad de los ciudadanos, especialmente de los ni&ntilde;os, con las consecuencias que ello conlleva".</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="9"></div><p style="text-align: justify;">La defensora Hube agrega que "estamos frente a un cambio que optimiza el ejercicio de los derechos en favor de las infancias, donde se focaliza el inter&eacute;s superior del ni&ntilde;o -en el caso- o de las personas en general, a contar con su filiaci&oacute;n completa, a lo que tambi&eacute;n se le suma la consideraci&oacute;n de los motivos de socioafectividad, lo que ha dado lugar a sentencias judiciales de inscripci&oacute;n de distintas maternidades /paternidades en algunos casos especiales. Todo esto se circunscribe en el Derecho de las Familias donde lo que se percibe como lo m&aacute;s beneficioso para las personas es la ampliaci&oacute;n de derechos y no cercenar a unos para d&aacute;rselos a otro".</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="10"></div><p style="text-align: justify;">"Para el supuesto de que quien solicita un reconocimiento no fuere el padre biol&oacute;gico, el mismo C&oacute;digo otorga la posibilidad de impugnar el reconocimiento, lo que se resolver&iacute;a en una acci&oacute;n judicial ante un Juzgado de Familia. As&iacute;, los derechos de todas las partes est&aacute;n contemplados y les toca a los interesados ejercerlos en cada caso", expres&oacute; la defensora.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="11"></div><p style="text-align: justify;"><strong>&iquest;Qu&eacute; es una medida autosatisfativa?</strong></p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="12"></div><p style="text-align: justify;">Es una decisi&oacute;n jurisdiccional, para brindar respuesta a determinadas problem&aacute;ticas que por su naturaleza, demandan tratamiento urgente y tambi&eacute;n una pronta respuesta.</p><div class="adserver-zonas-noticias" data-index="13"></div>

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