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no prosperó pedido de Alberto Fernández

El mandatario había considerado que hubo «inexistencia de delito». La decisión fue adoptada por el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli

El presidente Alberto Fernández no consiguió cerrar la causa por la fiesta de cumpleaños de su pareja, Fabiola Yañez, por inexistencia de delito.

El juez federal de San Isidro Lino Mirabelli rechazó el pedido de «falta de acción» que había planteado el presidente, como abogado en causa propia. El sostenía que no se había violado el decreto que él mismo había firmado en medio del aislamiento social preventivo y obligatorio para evitar que se propagara la pandemia del coronavirus.

En sintonía con el fiscal Fernando Domínguez, Mirabelli sostuvo que «a la luz del hecho denunciado que interesa para esta incidencia y la normativa aplicable, concluyo que corresponde rechazar la excepción por falta de acción deducida por el Dr. Alberto Ángel Fernández, a la cual adhirieron las defensas de Stefanía Domínguez, Carolina Marafiotti, Rocío Fernández Peruilh, Florencia Fernández Peruilh y Severina Sofía Elizabeth Pacchi«.

En agosto pasado, Alberto Fernández argumentó que lo sucedido aquella noche en la quinta de Olivos no era delito y pidió que se declare extinta la acción penal y se decrete su sobreseimiento: «Como consecuencia de lo expuesto se haga lugar a la excepción de falta de acción por manifiesta atipicicidad y, como consecuencia de ello, se proceda al dictado del sobreseimiento del suscripto».

Sin cámaras

La Dirección de Análisis Delictual de Vicente López le comunicó al juzgado que lleva la causa por que se borraron las imágenes. El material había sido pedido por la jueza Sandra Arroyo Salgado antes de que la causa llegué al despacho del juez federal de San Isidro Lino Mirabelli.

El juzgado de Mirabelli contará con menos pruebas fílmicas sobre la causa que explotó este 2021 respecto a la fiesta que la primera dama organizó mientras en el país regía la cuarentena estricta, de acuerdo a lo informado por la agencia Noticias Argentinas.

De esa manera lo informó la dirección que analiza los delitos dependiente de la Secretaría de Seguridad de Vicente López en un comunicado que indica que los registros audiovisuales se borraron del disco rígido. Por orden de la Cámara Federal de San Martín, los expedientes que pertenecen a la causa popularmente conocida como «Olivos Gate» se encuentran en el juzgado de Mirabelli.

Fiesta de Olivos: se borraron los registros fílmicos

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Fue por eso que la municipalidad que encabeza Jorge Macri le envió un comunicado informando que las imágenes de los ingresos y egresos de la quinta presidencial habían sido eliminados.

«Las cámaras de video vigilancia dependientes de la Secretaría de Seguridad de Vicente López, ubicadas en la vía pública, poseen un resguardo de almacenamiento de entre 25 y 30 días, salvo que se reporte la existencia de un hecho y la fuerza policial y/o el sistema de justicia soliciten preservar las imágenes vinculadas a ese evento dentro del plazo antes señalado», detalla el texto sobre las razones de la eliminación de imágenes.

También explican que las imágenes no fueron solicitadas y que cumplieron con el tiempo de guardado dentro de las cámaras. «No registrando reportes de eventos vinculados a las cámaras ubicadas en zona aledañas a la Residencia Presidencial de Olivos en las fechas y horas requeridas, y no habiéndose solicitado, por ende, preservación de imágenes dentro del plazo por el cual se conservan las mismas, es que no contamos con el material fílmico pedido», especificaron.

De acuerdo a NA, las filmaciones habían sido solicitadas por Arroyo Salgado cuando tenía en su despacho una de las tantas causas iniciadas por la fiesta en la Quinta de Olivos.

La fiesta de Olivos fue un escándalo

La fiesta de Olivos fue un escándalo cuando se conoció

El 2 de noviembre, la Justicia Federal de San Isidro reactivó la actividad en el expediente que investiga la fiesta de cumpleaños en Olivos y rechazó el planteo de inconstitucionalidad del DNU con medidas sanitarias que estaba vigente en ese momento presentado Stefanía Domínguez, una de las invitadas, representada por el abogado Mauricio D’Alessandro.

La decisión la tomó el juez federal Mirabelli, luego de haber sido ratificado a fines de octubre y competir por tener la causa con su colega Sandra Arroyo Salgado. Ante eso, la Cámara Federal de San Martín arbitró a su favor y le mandó el expediente al Juzgado.

De ese modo, el juez debía tomar cartas en por lo menos dos presentaciones: el planteo de inconstitucionalidad y el del presidente Alberto Fernández sobre la inexistencia de delito y la propuesta de reparación.

Validado al frente de la causa, el juez decidió empezar por el rechazo a la inconstitucionalidad. Por eso, en su resolución, sostuvo que no le hace lugar al pedido porque considera que no se advierte la necesidad de invalidar los decretos cuestionados porque no aparecen «irrazonables» frente al caso. Cuestionó, además, que la defensa no argumentó los motivos por los cuales el DNU sería inconstitucional.


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