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Proyecto de licencias laborales

Proyecto de licencias laborales

Alerta por el proyecto de licencias laborales: los empresarios lo rechazan, ¿puede avanzar en el Congreso?

Las licencias por maternidad o paternidad siempre fueron un tema de especial interés tanto para los empleados, que tienen derecho a gozarlas, como para los empleadores, que deben ajustar sus planes y recursos para así continuar durante la ausencia del dependiente con la dinámica laboral.

Con la marcada inserción de la mujer en el mercado de trabajo fue tomando fuerza la participación del padre en el hogar.

En este aspecto, la legislación argentina quedó desactualizada, ya que le otorga al progenitor sólo dos días en caso de nacimiento de sus hijos y no estipula nada frente a una adopción.

Hace pocos días, la Unión Industrial Argentina (UIA) envió una carta al presidente de la comisión de Trabajo y Previsión del Senado, Daniel Lovera, para manifestar su preocupación sobre el proyecto que obtuvo dictamen y que está listo para ser tratado en el recinto.

En concreto, los cuestionamientos a la iniciativa, que incrementa las licencias especiales para cuidado de hijos, de paternidad y maternidad, así como crea las de adopción y de tratamientos por fertilización asistida, se basan en un incremento de los costos laborales y piden que los gastos queden a cargo del Estado (a través de la seguridad social).

Además, para los empresarios, la iniciativa «no toma en consideración las dificultades que enfrenta el sector productivo y el riesgo que podría implicar adoptar estas medidas en forma abrupta, especialmente para las pymes que encuentran mayores dificultades organizativas, logísticas y económicas para hacer frente a transformaciones y obligaciones impuestas para las empresas que dan trabajo en el mercado formal».

En tanto, en la Cámara de Diputados, los asesores ya están redactando un texto único para que sea tratado en comisión. Hay que tener en cuenta que, sobre este tema, se presentaron proyectos desde todos los espacios políticos, por lo que es muy probable que pueda ser sancionada.

De acuerdo a los asesores de los diputados, quienes al fin y al cabo son los encargados de redactar los proyectos, es altamente factible que se apruebe una nueva ley para los empleados del sector privado porque «son pocos días para el contexto actual», «generan desigualdades entre el hombre y la mujer» y «no se contemplan determinadas situaciones como aquellos que quieren adoptar y necesitan días para llevar adelante el trámite o a quienes desean someterse a un tratamiento de fertilización asistida para convertirse en padres».

Algunos de los cambios propuestos

El proyecto promueve elevar las licencias por maternidad de 90 a 100 días –manteniendo en 30 los días de descanso que, obligatoriamente, la gestante debe tomar antes de la fecha probable de parto-, y la licencia «por paternidad» de 2 a 10 días.

También concede licencias por adopción de 50 días corridos posteriores a la notificación fehaciente de la resolución judicial que otorga a la niña o niño en guarda, y de hasta 30 días a favor de la trabajadora que iniciase procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida.

Otra novedad es que, en caso de nacimiento o adopción múltiple, la licencia de la madre se extenderá 30 días más por cada hija o hijo a partir del segundo.

En caso de nacimiento pre-término, se adicionará a la licencia de la madre el número de semanas equivalentes a la diferencia entre el nacimiento a término (37 semanas de embarazo), y la edad gestacional del niño al nacer. En casos de nacimientos de riesgo, se le sumará a la madre una licencia de 30 días, y al padre una de 10 días adicionales. En los casos de nacimientos de riesgo alto, se le sumará a la madre una licencia de 60 días, y al padre una de 30 días.

El texto, asimismo, unifica en 3 días las licencias por fallecimiento de familiar e incorpora la licencia por fallecimiento de hijo o hija con una duración especial de 5 días.

Además distintas asociaciones no gubernamentales abogan por la modificación de la norma. Entre ellos se encuentra el CIPPEC ((Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento), que en varios informes remarcó que «la Argentina tiene una de las licencias más desiguales entre mujeres y varones. Tiene menos de lo establecido para las mujeres por la Organización Internacional de Trabajo y casi nada para los hombres. A eso se suma una situación compleja, que es el hecho de que la mitad de las personas que están en el mercado informal no acceden», explicó, y añadió: «Está comprobado que, en la medida en que esto mejora, aumenta la participación de las mujeres en el mercado laboral y esto tiene consecuencias sobre la economía del país».

«La modificación del régimen de licencias, atendiendo los tres problemas, contribuye a la equidad y al goce del derecho a ser cuidado de todos los niños que nacen (o son adoptados) en nuestro país. Además, es una inversión estratégica. La mejor conciliación entre las tareas productivas (trabajo remunerado) y reproductivas (cuidado y crianza) que cumplen las familias aumenta la productividad, fomenta la inserción laboral y favorece el crecimiento del país», agregaron.

Y remarcaron que solo el 51% de las trabajadoras goza de licencia por maternidad y el 47% de los trabajadores reciben licencia por paternidad, ya que están restringidas a los trabajadores formales en relación de dependencia (no se tienen en cuenta a los monotributistas y a los que trabajan en la economía informal).

Hay que tener en cuenta que el proyecto no afectará a aquellos trabajadores del sector privado cuyos convenios colectivos establezcan licencias más favorables.

En tal sentido, distintos acuerdos otorgan a los trabajadores, comprendidos en su ámbito de aplicación, mayor cantidad de días correspondientes a licencia por matrimonio, licencia por mudanza y trámites personales o prenupciales, licencia por donación de sangre, por enfermedad de parientes o personas a cargo del dependiente con mayor extensión de parentesco, licencia por rendición de exámenes y otras consideraciones.

La administración pública

Solo algunas provincias y la ciudad de Buenos Aires extendieron la cantidad de días a los empleados públicos.

El Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) regula el empleo en la Administración Pública Nacional dispone de 100 días de licencia para la madre y 5 días hábiles para el padre. Los empleados públicos provinciales y municipales, por su parte, están sujetos a las leyes jurisdiccionales, que varían enormemente en la cobertura de días. Algunos sectores económicos (a través de los convenios colectivos que regulan la actividad) negociaron ampliaciones en los plazos reconocidos por la LCT.

La mitad de las provincias otorgan a los padres hasta 10 días de licencia: La Pampa (10), Neuquén (10), Catamarca (10), Córdoba (8), Santa Fe (8), Corrientes (5), San Juan (5), Buenos Aires (3), Formosa (2), Entre Ríos (2), Jujuy (2) y Santiago del Estero (0).

Tierra del Fuego, Chaco, Río Negro, Tucumán, Misiones y Mendoza otorgan a los padres 15 días corridos de licencia, mientras que en Chubut y San Luis se extiende a 20 días, en Salta a 25 y en La Rioja y Santa Cruz a 30. Los empleados públicos de La Ciudad Autónoma de Buenos Aires son quienes gozarían de la licencia más extensa: 45 días.

En lo que respecta a las licencias por maternidad, Jujuy, Buenos Aires, Entre Ríos y San Luis se otorgan 90 días de licencia, por debajo de lo recomendado por la OIT. En 5 de las 24 jurisdicciones la licencia garantizada a las empleadas públicas provinciales es de 120 días (Mendoza, Neuquén, San Juan, Catamarca y Santiago del Estero), mientras que Misiones y Santa Fe brindan 135 días. En la mitad de las provincias del país se supera este período de licencia: Formosa, La Pampa y Salta otorgan 150 días; Tucumán, Córdoba, Corrientes y Chaco 180 días. La licencia más extensa se goza en La Rioja, Santa Cruz y en Chubut, donde las madres pueden tomarse 210 días.

Solo en 3 de las 24 jurisdicciones se otorgan licencias familiares, esto es, que pueden utilizarlas indistintamente el padre o la madre.

  • La primera de ellas es Tierra del Fuego, donde este tipo de licencia asciende a 180 días.
  • La segunda es la Ciudad de Buenos Aires, cuya licencia familiar establece la opción de transferir 30 días de licencia al otro padre por parte de la persona gestante.
  • La tercera es Río Negro, donde la licencia familiar por nacimiento de la persona gestante puede ser transferida total o parcialmente al otro progenitor.

La situación en otros países

En muchos países y también en la Argentina las multinacionales deciden dar beneficios extra y permisos extendidos a los empleados que son padres de un nuevo bebé, incluyendo casos de adopción, de hogares monoparentales y de parejas del mismo género.

En Chile, por ejemplo, las mujeres pueden extender su postnatal hasta seis meses e, incluso, hasta siete meses y medio si deciden utilizar el beneficio con flexibilidad (reintegrándose al trabajo en media jornada), lo que se suma a los 45 días previos al nacimiento.

Además, tienen la posibilidad de traspasarle hasta seis semanas la licencia al padre.

En el continente europeo la situación es diferente. En Suecia, por ejemplo, por el nacimiento del hijo la puede tomar primero la madre y cuando ella se incorpora al trabajo, el padre queda al cuidado del bebé con el tiempo de receso remanente.

Abogado Laboral

Proyecto-de-Licencias-Laborales-2131-D-2021

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