Sueldos de Encargados de Edificios
Sueldos de Encargados de Edificios
Se homologó el acuerdo salarial de Encargados de Edificio
EL MINISTERIO DE TRABAJO HOMOLOGÓ EL ACUERDO SALARIAL DE ENCARGADOS DE EDIFICIO CCT 589/10. SE ACORDÓ UNA ASIGNACIÓN REMUNERATIVA PARA MARZO, ABRIL Y MAYO DE 2016. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/6/2016
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación homologó el acuerdo paritario alcanzado por la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH) a través de la Resolución SS.R.L N° 334, del 31/05/2016, para todos los trabajadores y trabajadoras comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 589/10, Texto Ordenado 2016.
El acuerdo establece tres sumas fijas remunerativas no acumulativasde $1800 para marzo y abril, $2000 para el mes de mayo y un 25% de aumento desde el 1 de junio a noviembre de 2016 para todos los ítems de la escala salarial de septiembre de 2015.
Este nuevo acuerdo paritario se suma a los beneficios ya obtenidos por el gremio, como la Resolución S.T. 1934/15 que determina que en la segunda cuota del aguinaldo de cada año los trabajadores de edificios perciban una suma adicional equivalente al 20% de la remuneración básica del trabajador según su categoría.
También se otorgua asueto a los trabajadores y trabajadoras de edificios para los días 24 y 31 de diciembre de cada año sin descuento en los salarios, por la Resolución del Ministerio de Trabajo ST 22/14.
Asimismo, el CCT establece que, ante una situación de despido, si el trabajador no percibe indemnización en el plazo legal de 4 días hábiles, tendrá derecho a permanecer en la vivienda hasta 90 días de producido el mismo.
Si un Encargado No Permanente sin vivienda se excede de su plazo de vacaciones, y no da aviso, de ninguna índole, ausentándose 30 días es causal de abandono de tareas y puede ser considerado como renunciante?
Que tipo de texto en CD hay que cursarle?
gracias