LABORAL

Testigos Laborales

testigos laborales Son creíbles los testigos laborales que también le hacen juicio al empleador ? La Cámara del Trabajo sostuvo que el hecho de que los testigos laborales de un juicio por despido hayan mantenido un juicio con la misma demandada al momento de declarar no afectaba la veracidad de sus dichos. “Carece de relevancia dirimente”, argumentaron los jueces. La Sala X de la Cámara del Trabajo confirmó una condena por despido injustificado, por falta de registración laboral. Los camaristas Alvaro Ballestrini y Roberto Pompa, rechazaron la impugnación de la apelante en autos “Sotelo, Erika Romina c/ Universo Fútbol SRL y Otros s/ Despido”, quien trató de restarle validez a los dichos de dos testigos, que al declarar reconocieron que mantenían un juicio pendiente con la propia demandada. “En efecto, y contrariamente a lo aducido por la apelante, considero que las citadas declaraciones – examinadas a la luz de la sana crítica (cfr. art. 90 de la L.O. y art. 386 del C.P.C.C.N.)- lucen coherentes y suficientemente acreditativas del régimen de trabajo invocado en el inicio sin que los argumentos vertidos por la recurrente resulten –insisto- idóneos para revertir el pronunciamiento de grado”, indicó Ballestrini, autor del voto al que luego se adhirió su colega de Sala. Los magistrados precisaron que, además, la impugnación de los testigos fue extemporánea, ya que las declaraciones se impugnaron recién al interponer el recurso de apelación. “Repárase en que las críticas que recién en el escrito recursivo vierte la recurrente con relación a los dichos de las citadas testigos resultan tardías, en tanto las declaraciones no fueron oportunamente impugnadas”, señalaron los camaristas. En ese sentido, el fallo aclaró que sin perjuicio de ello, ”la circunstancia de que las testigos reconocieran tener juicio pendiente de decisión contra los accionados al tiempo de brindar la deposición, carece de relevancia dirimente y es insuficiente para desvirtuar la credibilidad de sus dichos, máxime que las contradicciones e imprecisiones en que hace hincapié la apelante constituyen –en lo sustancial- meras conjeturas». Para los jueces, la demandada no introdujo en su apelación “argumentos con suficiente peso y contundencia como para restar valor probatorio a las declaraciones y justificar así su descalificación –en especial en lo que hace a la acreditación de la prestación de servicios por parte de la accionante a favor de la sociedad demandada” .Por lo que la condena debía ser ratificada. Fuente: Diario Judicial .com.ar Una nueva iniciativa, impulsada por el diputado Héctor Recalde, ya genera preocupación entre los empresarios. Apunta a evitar los despidos de empleados que tuvieron que brindar testimonio en el marco de litigios contra compañías. ¿Cómo se determinará la indemnización agravada en estos casos? A la hora de despedir a un empleado, las empresas son conscientes de que esta decisión conlleva el pago de una indemnización. Pero lo que no siempre saben es si ese monto será el definitivo o si, como resultado de un juicio laboral, tendrán que abonar un importe significativamente mayor. Esto es así dado que, además de tener que desembolsar el resarcimiento por antigüedad que establece la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y otros rubros que fija dicha norma -tales como preaviso, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas- la Justicia podría considerar que corresponde aplicar multas o, dependiendo del caso, dar lugar a una reparación agravada encareciendo el despido. Este último criterio, se aplica, por ejemplo, cuando una compañía rompe el vínculo laboral con una empleada durante el período de protección legal por embarazo-maternidad.

Situaciones como éstas generan incertidumbre entre los hombres de negocios, quienes ven cómo los magistrados avalan los reclamos de los trabajadores a un punto tal que, en algunos casos, hasta pueden llegar a responsabilizarlos solidariamente ante determinadas circunstancias.
Así las cosas, mientras las causas laborales se multiplican día tras día en los tribunales, un nuevo proyecto de ley ahora les suma más dudas y preocupación. Se trata de una iniciativa que apunta a proteger a los empleados que fueron testigos laborales, en el marco de un juicio laboral contra la compañía que los contrató, en tanto hayan sido despedidos dentro del año de haber formulado su declaración. A tal efecto, la propuesta -que ya cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados y avanza al recinto para su debate– establece que dichos dependientes cobrarán un resarcimiento agravado, equivalente a 13 sueldos, bajo la presunción de que la desvinculación fue producto del testimonio ante la Justicia. De convertirse en ley el proyecto, impulsado por el diputado oficialista y asesor legal de la CGT, Héctor Recalde, las empresas verán incrementados sus costos laborales tras la implementación del mecanismo de «protección a testigos». Pero no sólo en estos casos. Los expertos consultados por iProfesional.com advirtieron que las firmas, además, correrían el riesgo de verse expuestas a futuros juicios bajo el argumento de un despido discriminatorio. Es decir, esto podría suceder aun cuando la causal de la desvinculación fuera otra, en la medida que la cesantía tuviera lugar durante el mencionado lapso y el empleador no pudiera aportar pruebas suficientes para desestimar los argumentos del reclamante. En este contexto, vale destacar que durante los últimos años, los reclamos de empleados despedidos por cuestiones consideradas discriminatorias se han ido multiplicando en los tribunales. Asimismo, se advierte cómo la aplicación de la Ley 23.592 fue ganando terreno lo cual podría derivar en que el empleador sea condenado a abonar un adicional por daño moral. Las claves del proyecto La iniciativa presume, salvo prueba en contrario, que el despido de empleados que actuaron como testigos de las partes -tanto por el lado del trabajador, como del empleador- en juicios laborales se debió a esta razón en tanto la cesantía haya tenido lugar «desde la fecha de ofrecimiento judicial de la prueba testimonial que los individualice, hasta un año después de producirse la declaración respectiva ante el juzgado o tribunal interviniente». No obstante, aclara el texto de la propuesta de Recalde, para que la presunción tenga operatividad «el empleador debe haber sido notificado de tal circunstancia«. Y agrega: «En el caso de que la compañía resuelva concluir con el vínculo, en esas condiciones, deberá abonar una indemnización equivalente a un año de remuneraciones que se acumulará a la establecida en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo», es decir, el resarcimiento por despido sin justa causa. Por otra parte, el proyecto establece que la referida protección cesará para aquellos trabajadores cuya declaración no se hubiera producido, ya sea por decisión del juez, por desistimiento de la parte que lo ofreció o por negligencia en la producción de la prueba. ¿Qué tuvo en cuenta Recalde para «dar vida» a la iniciativa? El legislador explicó que, en caso de ser testigo en un juicio laboral, «el empleado se encuentra frente a una opción dilemática perversa«. Por un lado, señaló, el dependiente podría tener que «declarar contra la empresa y, en consecuencia, asumir el riesgo de sufrir una represalia«. O bien, «si lo haciera a favor de la firma bajo promesa de mantenimiento de las condiciones laborales o del empleo mismo podría verse en la situación de tener que faltar a la verdad por ese motivo». «Los casos de despido dispuesto como `represalia´ merecen el mayor reproche por parte de la legislación», agregó. Y remarcó que el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre finalización de la relación de trabajo, considera especialmente «graves» a las desvinculaciones adoptadas como represalia o que violenten derechos fundamentales. «El proyecto resulta idóneo a fin de garantizar una protección mínima al empleado que tenga la carga legal de prestar declaración testimonial en una causa judicial, sin que, a tal efecto, recaiga sobre sus espaldas el riesgo de ser perjudicado por su empleador con motivo de los dichos vertidos en su deposición judicial», destacó Recalde. ¿Qué cambiará para los empleadores si se sanciona el proyecto? Los expertos consultados por iProfesional.com coincidieron en señalar que, de aprobarse la iniciativa, los empleadores «se verán en la obligación de demostrar ante los tribunales que su decisión no se basó en el testimonio del empleado despedido», si quisieran evitar el pago de un resarcimiento agravado. Ésta no es una tarea sencilla si se tiene en cuenta que existe una tendencia en la Justicia a emitir sentencias favorables a los reclamos de los dependientes. Fuente: i profesional .com.ar  ]]>

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