Tel: 15 3028-3673 / 15 5910-2190

Consultas OnLine las 24hs.

TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE

TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE

Se sustituye el Anexo aprobado por el artículo 1° de la Resolución N° 569/19 MT, norma por la cual se aprobó el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de permisos originarios, modificaciones de flota, permisos ocasionales, solicitudes de permisos complementarios para el transporte internacional de cargas por carretera comprendidas en el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT).

Abogados Argentinos | Consulte Abogado Argentino

No Comments

Leave Comment

Please enter a message.
Please enter your name.
Please enter a valid e-mail address.